El pasado mes de septiembre, el gobernador Rubén Moreira Valdez presentó ante el
congreso de Coahuila una Propuesta de
Reforma a la Ley de Fiscalización para el Estado de Coahuila con la que se trató de dotar de dientes a la Auditoría Superior del
Estado para que esa instancia esté en
condiciones de dar cabal cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y hacer que Coahuila sea uno de los estados más transparentes, pero
unas son las intenciones y otra la realidad. Hasta hoy la ASE ha servido únicamente para acalambrar a los
funcionarios desleales y disidentes, pero los que son sumisos pueden seguir
haciendo lo que quieran con el uso y abuso de los recursos públicos, según
muestra el autor de Perspectiva Ciudadana.
Por Óscar Triana Favero
Torreón. El gobernador Rubén Moreira
Valdez presentó en septiembre ante el Congreso de Coahuila una propuesta de
reforma a la Ley de Fiscalización para el Estado de Coahuila, considerada como
plataforma base para la creación de la Auditoría superior del Estado.
La
propuesta intenta lograr varios objetivos, entre otros:
- Estar en concordancia con
las estrategias acciones y objetivos del Gobierno Federal y dar cabal cumplimiento a la Ley
General de Contabilidad
Gubernamental.
- Lograr que Coahuila sea uno de los estados más transparentes, en
rendición de cuentas en el país.
- Cumplir con una de las
exigencias más reclamadas por los ciudadanos coahuilenses, en el sentido
de transparentar el ingreso,
administración, control, manejo y aplicación de los recursos públicos.
- Dotar a la Auditoría Superior del Estado de
Coahuila de más y mejores herramientas para desarrollar su trabajo de
auditoría y fiscalización de las
cuentas públicas de todos los sujetos obligados.
Por lo
pronto, se pretende otorgar facultades a
la Auditoría Superior del Estado para que
emita recomendaciones y finque responsabilidades en forma directa;
esto es sin necesidad del dictamen de la Comisión de Hacienda y cuenta Pública
del Congreso.
La Auditoría Superior del Estado
podrá establecer responsabilidades penales, resarcitorias y de administración, además de poder aumentar las
multas a los funcionarios públicos que incurran en irregularidades.
Se persigue con esto que la
Auditoría superior del Estado supervise eficazmente el uso y destino de los
recursos públicos, que son imprescindibles para el desarrollo de la entidad
estableciendo mecanismos que garanticen la transparencia y que todo sea
realizado con apego a la ley aplicando las sanciones correspondientes cuando
haya desviaciones y robustecer la credibilidad en el gobierno, aumentando la
eficacia y ganando competitividad.
Consolidar a la auditoría
Superior del Estado como un órgano
imparcial, objetivo, y ajeno a todo tipo de intereses que no sean técnicos ni
contables que busquen y garanticen el buen uso de los recursos públicos.
Ampliar el plazo para presentar
informe de resultados del 30 de noviembre al 15 de diciembre de cada año, de igual manera ajustar tiempo
para la entrega de informes de avance de gestión financiera al mes inmediato
anterior por parte de los entes públicos.
Con la presentación trimestral de
la información se pretende evitar la espera de un año hasta le entrega de la
cuenta pública, y quizá las desviaciones que se pudieran haber minimizado,
resarcido, o emitido con el transcurso del tiempo y que puedan ser tantas que
no sea posible dar marcha atrás.
De igual
forma se pretende que la Auditoría
Superior del Estado designe directamente a los despachos de auditores
externos a cada una de las entidades y que los pagos sean hechos por los
propios sujetos obligados.
Con esto se evitará que las
entidades públicas sigan contratando amigos, conocidos o gente no certificada
como Despacho Auditor Externo lo que a la postre ha significado un gran
problema para la Auditoría Superior del Estado ya que los mismos no hacen su
trabajo con calidad ni elaboran los dictámenes de las revisiones que realizan o
simplemente, no están debidamente certificados
o acreditados para esa labor.
La
Auditoría Superior del Estado revisará los planes estatales y municipales de
desarrollo, verificando que el ejercicio presupuestal esté aplicado en
programas y objetivos establecidos, además de evaluar el impacto social y la
reducción de los índices de pobreza.
Desde mi punto de vista el
gobernador, el Congreso de Coahuila y la Auditoría Superior del Estado deben
exigir que los municipios y los alcaldes no otorguen nombramientos para
Secretario del Ayuntamiento, Contralor Municipal y Director de finanzas a
personas que no cumplen con el perfil requerido y enunciado en el Código Municipal
para el Estado de Coahuila.
Esos
funcionarios pueden cumplir el perfil requerido, pero ya ha ocurrido que no
desempeñen su función con total responsabilidad, que equivale a lo mismo que no
llenar el perfil causa de que, como ocurre en Torreón al término del período,
el municipio se encuentre endeudado y en observación por la Auditoría superior del Estado y
también la de la Federación.
Es imprescindible que se le
finquen responsabilidades a quienes por acción u omisión han causado daño
patrimonial a la hacienda pública, lo que en numerosas ocasiones ha sido
ocasionado también por la reincidencia en que han incurrido los encargados de
las finanzas públicas, en el incumplimiento de dar conformidad, certidumbre y
certeza legal al manejo de los recursos públicos.
El
propósito fundamental es evitar la discrecionalidad en el manejo y aplicación
de los recursos públicos, pero además que no sean aplicados fuera de los
objetivos, metas y conceptos debidamente presupuestados.
Solo de esa manera se podrá ver
un cambio sustancial en el manejo, aplicación y fiscalización de los recursos
públicos lo que de ninguna manera representa una violación de la autonomía
municipal sino la garantía de aplicar la capacidad para regular, y administrar
los asuntos públicos bajo su competencia y en interés de su población.
El Manejo de los Recursos Públicos y los Préstamos
Bancarios
Hace unos días se doto de mayores
facultades a la Auditoría Superior del Estado para que esa instancia este en posibilidad de cumplir mejor con su labor de
fiscalización, pero aunque ya puede fincar responsabilidades administrativas,
resarcitorias, civiles y penales hasta hoy solo ha servido para la pirotecnia
verbal, a decir de un editorial del periódico Vanguardia de Saltillo y de lo que son
mostrados varios ejemplos por nuestro colaborador Óscar Triana Favero, autor de la columna Perspectiva
Ciudadana.
Torreón. Recientemente
se ha hecho una serie de planteamientos y propuestas para dotar de mayores
facultades a la Auditoría Superior del
Estado. Donde básicamente se propone que esta misma pueda elevar las
multas, además de fincar
responsabilidades administrativas, resarcitorias, civiles y penales sin el
dictamen de la Comisión de Hacienda y
Cuenta Pública del Congreso del Estado.
También es cierto que desde la creación de la Auditoría Superior del Estado durante el segundo semestre del 2007, se ha
sabido de un sin fin de observaciones, cedulas de hechos y recomendaciones que
han sido dictaminadas por ellos en los Informes de Resultados de “Revisión de
las Cuentas Públicas” de los más de 110 sujetos obligados que existen en este
Estado.
Y donde es preciso señalar que el ciudadano nunca ha sido debidamente informado,
por la Auditoría Superior del Estado; ni por ningún ente público; con claridad de cómo están las finanzas de
sus respectivas dependencias actualmente, ni mucho menos se ha informado de los
años pasados.
Por ejemplo
¿Cuántos funcionarios han sido sancionados en forma administrativa, civil, o
penalmente? ¿Cuantos han sido inhabilitados o cuantos de ellos están o
estuvieron sujetos a proceso de reparación de daños a la Hacienda Pública?
O simplemente cuantos de los sujetos obligados cumplieron
con las observaciones, solventaron las cedulas de hechos o cuantos han dejado
pendiente todo esto.
Mi observación va encaminada en el sentido de que cada
año cuando la Auditoría Superior del
Estado revisa las cuentas públicas de los sujetos obligados, esta determina
cédulas y observaciones que contienen “conceptos de deficiencia,
incumplimiento, inobservancia y que contienen hechos presumiblemente
constitutivos de irregularidades, por un monto de “X” millones de pesos” y que
cada año constituyen cientos de millones que de una forma u otra no fueron
debidamente comprobados por los entes públicos.
¿Y en que ha
quedado todo esto, si la Auditoría
Superior del Estado lo ha estado determinando desde el año 2007?. Si son recursos públicos, porqué el ciudadano
no conoce el final de esta historia.
Los cambios
propuestos por el gobernador de Coahuila en septiembre del 2013 en teoría
fueron instrumentados para dotar de dientes a la Auditoría Superior del Estado lo que me
lleva a cuestionarme ¿Por qué si se quiere dotar de mayores facultades a la
auditoría Superior de Coahuila para tener mejor supervisión y fiscalización de los recursos públicos; no se
le faculta para que elabore un dictamen de factibilidad para la solicitud y
autorización de créditos bancarios y que ellos determinen la viabilidad de los
mismos de acuerdo a las normas y procedimientos técnico contables, donde además
se determine el mismo, con base al cumplimiento en transparencia y rendición de
cuentas, pero sobre todo a que exista la posibilidad real de cumplimiento de
pago, sin poner en riesgo las participaciones y aportaciones federales de las
generaciones futuras?.
De igual
forma, que se vigile a través de la Auditoría Superior del Estado el estricto
cumplimiento de los conceptos y montos por lo que pudiera ser autorizado dicho
crédito.
La base y
el fundamento que tengo para todo esto está en los Informes de resultados del
2009 y 2011 emitidos por la propia Auditoría Superior del Estado que señalan lo
siguiente:
-
Con fecha 23 de octubre del 2009 el Congreso del Estado autoriza en el Periódico
Oficial del Estado 85 segunda sección, que los municipios dse Allende,
Castaños, Francisco I. Madero, Matamoros, Piedras Negras, Ramos Arizpe, Sabinas
y San Pedro pueden contratar créditos ante la institución bancaria que les
otorgue los mejores planes de financiamiento.
-
Los municipios antes mencionados todos adquirieron sus créditos ante la
institución bancaria y los recursos
fueron recibidos casi al final de la administración municipal.
-
La Auditoría superior del estado en su informe de resultados del 2009 y
publicado en noviembre del 2010 determina lo siguiente: “Uso indebido de deuda
no apegado al decreto de autorización por parte de los municipios de Allende,
Francisco I. Madero, Matamoros y San Pedro. Es decir, no fueron aplicados por
los conceptos y montos que fueron solicitados y debidamente autorizados por el
Congreso, además San Pedro contrato crédito por un monto superior al
autorizado.
-
Al municipio de Castaños le
determina “deficiencias en el cumplimiento normativo para su autorización, suscripción
y registro único de la deuda pública y falta de documentación comprobatoria”.
-
Al municipio de Nava le determina “ejercicio indebido de la deuda, falta de
documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos provenientes de la
deuda”.
-
Al municipio de Piedras Negras le determina “ejercicio indebido de la
deuda, no apegado al decreto de autorización, deficiencias en el cumplimiento
normativo para autorización y registro único de la deuda pública”.
-
Al municipio de Ramos Arizpe le determina “deficiencias en el cumplimiento
normativo de autorización, suscripción y registro único de la deuda pública”.
-
Al municipio de Sabinas le determina “falta de documentación comprobatoria
de la aplicación de los recursos provenientes de la deuda”.
Y a pesar
de todo esto de nueva cuenta el Congreso del Estado de Coahuila en el Periódico
Oficial 72, Primera Sección del día 6 de Septiembre del 2013 autoriza nuevos
créditos y refinanciamientos a los municipios de Piedras Negras, Allende, Nava,
San Pedro por un monto total de $149,642,097.44 millones de pesos.
Lo que
queda en claro de todo esto, es que el Congreso de Coahuila privilegia más las
relaciones personales y afinidad política, en lugar de exigir el manejo y la
aplicación responsable de los recursos debiendo dar conformidad en base al
cumplimiento de las disposiciones legales vigentes para el caso.